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El contrato de reserva.

Un contrato de reserva es un documento legal que firman el comprador y vendedor de una vivienda y que, junto a una señal, compromete a las partes a llevar a cabo la compraventa de dicho inmueble.

Con este documento se asegura que la operación se va a realizar, a no ser que se establezca una cláusula donde se indique que se puede rescindir.

Este contrato es habitual en viviendas sobre plano o en proceso de construcción, pero cada vez se usa más para viviendas de segunda mano.

En el caso de viviendas de obra nueva, obliga al promotor a acabar la vivienda con las características estipuladas.

  1. Qué debe incluir este contrato.

En cualquier contrato de arras nos vamos a encontrar la siguiente información:

  • Datos personales de las partes que intervienen: nombre y apellidos, DNI, dirección…
  • Datos de la vivienda objeto de la operación: referencia catastral, dirección, superficie y propiedades anejas, si las tuviera.
  • Número del Registro de la Propiedad: para comprobar la titularidad de la vivienda.
  • Cantidad de la señal, que suele oscilar entre el 1% y el 5% del precio final.
  • Cómo se va a pagar la cantidad restante que queda pendiente.
  • Gastos derivados de la compraventa y distribución de estos.
  • Certificado de cargas, si las tiene.
  • Cláusula de rescisión.
  • Tipos de contratos de reserva de obra nueva.

Existen 2 modalidades de contrato: contrato de reserva en la fase de precomercialización y reserva en la fase de comercialización.

Documento de reserva en fase de precomercialización: es el que se celebrar antes de que la promotora obtenga la licencia de obras y la póliza de avales.

La señal entregada no lleva IVA y el plazo de validez se limita.

No es una reserva vinculante, por lo que se puede desistir y recuperar el dinero que se ha aportado si la compraventa no se lleva a cabo.

Contrato de reserva en fase de comercialización:

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